Cuaderno de campo y sostenibilidad del suelo: nuevas regulaciones

Cuaderno de campo y sostenibilidad del suelo: nuevas regulaciones

La nueva normativa ha terminado su periodo de audiencia pública y, cuando entre en vigor, modificará el Real Decreto que regula el Sistema de
Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas (SIEX). Esto hará que el uso del cuaderno digital sea voluntario, permitiendo a los agricultores decidir si desean proporcionar a la administración la información registrada. Además, la normativa establecerá que el asesoramiento técnico en fertilización será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2026 para las unidades productivas en zonas vulnerables y desde 2027 para las demás unidades.
Para implementar estos cambios, se realizarán ajustes en los decretos sobre el uso sostenible de productos fitosanitarios y las normas de higiene en la producción primaria agrícola, alineándolos con los cambios del cuaderno de explotación. Por otro lado, según el decreto que establece las normas para la nutrición sostenible de los suelos agrarios, el cuaderno de explotación será obligatorio desde el 1 de septiembre de 2025. Este documento deberá estar disponible para la autoridad competente, ya sea en formato digital o en papel, y será responsabilidad del titular asegurarse de que cumpla con la información requerida.
Contenido mínimo del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola
  1. Datos generales del cultivo: Para cada parcela agrícola, se debe proporcionar información básica del cultivo, incluyendo la fecha de
    siembra y de cosecha.
  2. Producción de cada parcela: Se debe indicar la producción en kilogramos por hectárea, además del destino de la cosecha y los restos
    vegetales.
  3. Tratamientos fitosanitarios: Es necesario registrar las acciones realizadas en cada parcela, el uso de semillas tratadas o aplicaciones posteriores a la cosecha.
  4. Fertilización: Se deben especificar la fecha de aplicación, el tipo de fertilizante, y su composición en carbono orgánico, macronutrientes y
    micronutrientes. Hay que adjuntar el plan de abonado y mencionar cualquier asesoramiento recibido. El plan de abonado debe basarse en
    un estudio de las necesidades del cultivo, equilibrando las pérdidas y aportes de nutrientes, y considerando las interacciones entre ellos.
  5. Riego: Se debe identificar la fecha, el sistema de riego utilizado, la superficie regada, así como el origen y la cantidad de agua empleada.
  6. Cosecha comercializada: Hay que registrar el producto y la fecha de venta.
  7. Analíticas: Incluirlas si se han realizado. 
Están exentas de elaborar y aplicar un plan de abonado las unidades de producción dedicadas exclusivamente a pastos sin fertilizar y las de menos de 10 hectáreas de secano o destinadas a pastos o cultivos forrajeros para autoconsumo.
Todas las modificaciones de este nuevo real decreto tendrán carácter retroactivo para evitar sanciones, en caso de que la publicación sea posterior al 1 de septiembre de 2024, la fecha prevista para la entrada en vigor de las obligaciones del cuaderno digital.

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